En relación con el daño, nuestro derecho positivo no contiene una definición o concepto específico de daño, sino que se limita a hacer referencia al daño material (y sus dos extremos: daño emergente y lucro cesante) y al daño moral.
Sentencia de 26 de julio de 2023. Demanda Contencioso Administrativa de Indemnización EV.R.P., y otros c Policía Nacional (Estado Panameño).