Una de las principales exigencias para la admisión de las Demandas Contencioso Administrativas, cuyo objetivo es la declaratoria de nulidad de un acto administrativo, es la presentación de la copia autenticada del acto original acusado, así como también, de su acto confirmatorio, con la debida constancia de su publicación, notificación o ejecución, según los casos.
En el presente caso, si bien se aprecia que la parte actora peticiona en su libelo, que a través de este Tribunal se solicite copia autenticada del acto original y confirmatorio impugnado, sin embrago, no se evidencia la gestión realizada para su obtención, mediante la presentación de la constancia de la petición elevada, con el sello fresco de su recepción, por parte de la entidad custodia de la documentación, como tampoco se observa que en el libelo presentado, la apoderada judicial haya indicado que se le ha dificultado su obtención.
Auto de 8 de junio de 2023. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción D.F.A.R. c Servicio Nacional de Migración.