Cabe agregar, que la Sala Tercera en reiteradas ocasiones, se ha pronunciado al respecto, manifestando que toda Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción, debe presentarse con la copia del Acto acusado y de su Acto confirmatorio con constancia de su notificación y que dichas copias deben estar autenticadas por el funcionario encargado de la custodia del original.
Auto de 10 de junio de 2022. Recurso de Apelación A.A.M. c Ministerio de Salud.