De la revisión integral del acto impugnado, debemos concluir que la misma estuvo debidamente motivada, pues contiene los siguientes supuestos: 1) se hace una breve relación sobre los hechos que dieron lugar a que la funcionaria se encontrará privada de los derechos que otorga el régimen de Carrera en el Ministerio de Seguridad Pública; 2) se hace una explicación jurídica acerca de la facultad que dispone la autoridad para ejercer la potestad discrecional; y 3) se señalan los motivos fácticos-jurídicos que apoyan la decisión y los recursos que tenía a su alcance la funcionaria para impugnar la decisión de la entidad que emitió el acto hoy atacado de ilegal.
Sentencia de 29 de diciembre de 2021. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción Y.A.S. c Ministerio de Seguridad Pública.