En relación a los Actos o Resoluciones Definitivos, la Doctrina dispone que son aquellos que deciden, resuelven o concluyen el fondo de la controversia planteada. Así lo indica el tratadista argentino Roberto Dromi “la definitividad del efecto jurídico de fondo, al objeto, al que del acto; por eso se dice que el acto administrativo definitivo alude al fondo de la cuestión planteada”.
Auto de 16 de noviembre de 2021. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción INTERFAST PANAMA, S.A. c Autoridad Nacional de los Servicios Públicos.