SEGURIDAD JURÍDICA

Expectativa razonable

En este sentido, el acto recurrido fue emitido con prescindencia de los principios del debido proceso, publicidad y transparencia, como se ha explicado en párrafos precedentes. De igual forma la actuación administrativa demandada no se ajusta a los principios de seguridad y certeza jurídica, muy afines a los principios del debido proceso y de legalidad, que rigen igualmente a las actuaciones administrativas dentro de un Estado de Derecho.

El cuanto al principio de seguridad jurídica, este supone claridad en la normativa que debe ser aplicada al ciudadano o certeza en la norma que se le debe aplicar, porque esto lleva al ciudadano a saber a que atenerse en su relación con el Estado y los demás particulares, es por ello que las autoridades administrativas, deben sujetarse al principio de legalidad. Una norma oscura dificulta la confianza del ciudadano. Correlativamente, este principio implica que los ciudadanos, ante dicha confianza, puedan tener observancia y respeto de las situaciones derivadas de la aplicación de normas válidas y vigentes, porque existe una expectativa razonable de que la actuación de la Administración es en Derecho.

Sentencia de 4 de mayo de 2010. Proceso: Plena jurisdicción. Caso: Adnaloy Ltd, S.A. vs Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales del Ministerio de Economía y Finanzas. Magistrado Ponente: Alejandro Moncada Luna.

Texto del fallo