Tutela Judicial Efectiva
Es importante reiterar a la parte actora actora que una cosa es la Tutela Judicial Efectiva y otra cosa es el deber que tiene todo el que ocurra ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa en auxilio de sus Derechos subjetivos o en defensa de los intereses de la colectividad, esto es, de cumplir con los requisitos básicos mínimos que por Ley se han establecido, por ello no se debe interpretar que la tutela judicial efectiva, sea un acceso desmedido a la justicia, puesto que, no ha sido esto lo que ha sostenido esta Corporación de Justicia a través de su jurisprudencia.
Sentencia de 30 de noviembre de 2017. Proceso Indemnización. Caso: José Enrique Encalada Mendoza vs Universidad Marítima Internacional de Panamá. Magistrado Ponente Abel Augusto Zamorano.