Concepto
Dentro del contexto establecido en el apartado anterior, es importante aclarar que la Ley No.1 de 2009 que instituye la carrera del Ministerio Público, define el concepto de estabilidad en su articulo 7, numeral 16, como la “condición que obtiene el servidor público mediante concurso de mérito sujeta a la competencia, lealtad, moralidad y cumplimiento de sus deberes.”
En cuanto al tema de la estabilidad, la jurisprudencia reiterada de la Sala, expone que el derecho a la estabilidad del servidor público está comprendido como un principio básico inherente al funcionario investido por una carrera de la función pública, regulada por una ley formal de carrera o por una ley especial que consagre los requisitos de ingreso y ascenso dentro del sistema, basado en mérito y competencia del recurso humano. Si no es así, la disposición del cargo queda bajo la potestad discrecional de la Administración, y no está sujeto a un procedimiento administrativo sancionador.
Sentencia de 12 de junio de 2015. Proceso: Plena Jurisdicción. Caso: Yolanda Austin c/ Procuraduría General de la Nación. Acto impignado: Resolución Nº 327 de 3 de Agosto de 2010. Magistrado: Abel Augusto Zamorano.