Tierras Revertidas

En el presente caso, es evidente que el bien o parcela de terreno sobre la cual se reclama la correspondiente adjudicación por la vía de los derechos posesorios ubicados en la zona costera de Playa Venado forma parte de las tierras revertidas que formaron parte de la Autoridad de la Región Interoceánica (ARI) y que en virtud de los dispuesto en la Ley 5/1993, pasaron a manos del Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Unidad Administrativa de Bienes Revertidos quien es la que se encarga de su uso, mantenimiento, administración y conservación de dichos bienes inmuebles adquiridos producto de la celebración de los Tratados Torrijos-Carter.

Sentencia de 7 de agosto de 2019. Proceso Demanda Contenciosa Administrativa de Plena Jurisdicción. Partes: Maritza Itzel de León Gómez contra Unidad Administrativa de Bienes Revertidos.

Texto del Fallo