Normas de Desarrollo Urbano

La norma citada pone de manifiesto, que el período para el cual se extiende un permiso de construcción dentro del Municipio de Panamá, es de tres años; y para que ese término se extienda se requiere una reválida siempre y cuando no hayan variado las Normas de Desarrollo Urbano; no obstante, en caso de que esas normas hayan variado se requiere un nuevo permiso.

Sentencia de 18 de julio de 2019. Proceso: Demanda Contencioso Administrativa de Nulidad. Partes: Mirian Yaneth Benítez contra Dirección de Obras y Construcciones del Municipio de Panamá.

Texto del Fallo

Es exigible en cualquier tipo de construcción de obra sin excepción

La obra ejecutada se encuentra cubiertas por este régimen especial. La Autoridad del Canal de Panamá se encuentra exenta de todo tributo, impuesto, derecho, tasa, cargo o contribución, de carácter nacional o municipal, es decir, todo proyecto que ejecutado por ella misma o sus contratistas. Sin embargo, ello no es eximente para no tramitar el permiso de construcción y llevar a cabo las obras contratadas.
En conclusión, todo tipo de proyecto sin excepción alguna y sin distinguir si es una obra de trascendencia nacional o no, se exige la tramitación del permiso de construcción. La obra está exonerada de impuestos, pero la norma no le exime de cumplir con el requisito indispensable de permiso de construcción, pues son dos situaciones distintas las exoneraciones de impuestos y el trámite de dicho permiso en construcción, que es exigible en cualquier tipo de obra que se vaya a construir.

Sentencia de 7 de julio de 2017. Proceso: Nulidad. Caso: Autoridad del Canal de Panamá c/ Alcaldía de Colón. acto: Resolución N° 09-13 de 22 de enero de 2013. Magistrado ponente: Luis Ramón Fábrega.

Texto del fallo