Registro de elegibles

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Aquel en el cual debe aparecer las generales y los antecedentes académicos y profesionales de aquellos que habiéndose manifestado dispuestos a ingresar al Servicio Público, hayan superado un puntaje mínimo determinado reglamentariamente, que les faculta para ser convocados a concurso de antecedentes en caso de que surja una vacante para un puesto público, porque están calificados.

Artículo 2, Ley 9 de 20 de junio de 1994
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