Lo anteriormente expuesto, nos permite inferir que la Tutela Judicial Efectiva la integran, en términos generales, el Derecho a Acceder a los Tribunales de Justicia, la Garantía del Debido Proceso y el Derecho a la Ejecución o Efectividad de la Sentencia.

Auto de 23 de junio de 2021. Para que se condene a la Caja de Ahorros (Estado Panameño), al pago de la suma de trescientos mil balboas, por los daños y perjuicios ocasionados.

Texto del Fallo

Incumplimiento o Inejecución de la Sentencia

Es importante indicar que toda persona que acude ante la Sala Tercera para presentar una querella por desacato, sobre la base de la sentencia en virtud de la cual se reclama su incumplimiento o inejecución, dicha sentencia previamente ha debido de reconocer expresamente el derecho sobre el cual se está reclamando su incumplimiento. En el caso particular del Sr. EMIGDIO ANTONIA MIRAMDA LÓPEZ, si la sentencia del quince (15) de octubre de dos mil diez (2010), únicamente se limitó a reconocer la solicitud de continuidad laboral y el derecho de jubilación del accionante, por lo que difícilmente puede reclamarse el incumplimiento por parte de la Policía Nacional, respecto del pago de salarios caídos, a través de la figura de la querella por desacato, máxime que los mismos no fueron reconocidos en el dictamen o la sentencia antes indicada.

Sentencia de 27 de septiembre de 2019. Proceso: Querrella por Desacato. Partes: Emigdio Antonio Miranda López contra Resolución D.G.-106-08 de 28 de febrero de 2008, emitida por el Director General de Investigación Judicial.

Texto del Fallo

Cuestión Accesoria de la Sentencia Principal

Por su parte, esta Corporación de Justicia, por medio de la vía jurisprudencia, ha señalado en cuanto al desacato que el mismo “constituye una cuestión accesoria de la sentencia principal a la que se le atribuye los efectos de ejecutoriada, ya que su propósito es imponer medidas para el cumplimiento de ésta y asegurar su eficacia, y en tanto, la parte considere que no se ha cumplido la orden, podrá solicitar que se declare el desacato.” (Resolución de 28 de diciembre de 2009).

Sentencia de 6 de febrero de 2019. Proceso Querella por Desacato. Partes Ulises Antonio González Sevillano, para que se declare en desacato al Administrador General de la Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario.

Texto del Fallo

Concepción Jurisprudencial

Por su parte, esta Corporación de Justicia, por medio de la vía jurisprudencial, ha señalado en cuanto al desacato que el mismo “constituye una cuestión accesoria de la sentencia principal a la que se le atribuye los efectos de ejecutoriada, y en tanto, la parte considere que no se ha cumplido la orden, podrá solicitar que se declare el desacato.” (Resolución de 28 de diciembre de 2009).

Sentencia de 1 de noviembre de 2018. Proceso: Incidente de Desacato, Partes: Adolfo Alberto Vallarino Rangel contra Banco Hipotecario Nacional, por incumplir lo ordenado en la Sentencia de 29 de agosto de 2017.

Texto del Fallo

No puede la Administración extenderla indefinidamente

El artículo 52 de la Ley 135 de 1943 es preciso al establecer que “las sentencias definitivas ejecutoriadas del Tribunal de lo contencioso- administrativo son obligatorias para los particulares y la Administración…”, que aunado a la previsión de cumplimiento o ejecución de las sentencias del Tribunal del artículo 99 citado por el actor, son claras disposiciones que proscriben el carácter de mera liberalidad o voluntario en el ánimo de las autoridades, corporaciones o funcionarios de todo orden a quien corresponda la ejecución o cumplimiento de lo decidido por la Sala. La decisión del Tribunal ha de cumplirse bajo apercibimiento de incurrir en desacato. Sobre el particular, también son aplicables las normas del Código Judicial, artículo 99, y aquellas que regulan la figura procesal de desacato, de conformidad con el articulo 57 c de la Ley 135 de 1943.

En el presente asunto no ha sido probado que el funcionario querellado ha dejado de acatar la sentencia de 04 de octubre de 2016; aunque, lógico es advertir, que las acciones administrativas y procedimientos de la Administración para lograr esa finalidad no pueden extenderse en el tiempo “sine die”.

Sentencia de 9 de octubre de 2017. Proceso: Desacato. Demandante: Augusto Guevara vs Ministerio de Desarrollo Agropecuario. Cumplir con la Sentencia de 4 de octubre de 2016. Magistrado sustanciador: Luis Ramón Fábrega.

Texto del fallo