Amerita aclararse que al quedar sometido a la Carrera Policial, el miembro de la Policía Nacional no podrá ser removido del cargo con  fundamento en la potestad discrecional de la autoridad nominadora, pero sí por haber incurrido en la comisión de una falta disciplinaria, debidamente comprobada en el curso de un procedimiento administrativo en el que se le hayan garantizado todos sus derechos, como efectivamente ocurrió en este caso.

Sentencia de 27 de agosto de 2021. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción G.A.L. c Ministerio de Seguridad Pública.

Texto del Fallo

Carrera policial

En otro punto, cabe advertir que la estabilidad que dispone la carrera policial a quienes pertenezcan a ella no resulta limitada, y una vez acredita la falta de máxima gravedad, al hacerse de conocimiento de la autoridad, por haber sido condenado el funcionario por delito doloso, en un caso de violencia doméstica, dicho derecho de estabilidad se pierde con la destitución del cargo, por causa justificada contemplada en el Reglamento de Disciplina de la Institución.

Sentencia de 19 de diciembre de 2019. Proceso: Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción. Partes: Adán Alberto Flores Rivera contra Ministerio de Seguridad.

Texto del Fallo