CIRCULARES

Pueden ser dictadas por el Contralor General para instruir sobre aspectos presupuestarios

 

La Sala pasa a examinar las infracciones señaladas por la parte actora. En primer lugar, la Sala estima que el Contralor General de la República esta plenamente facultado para expedir la circular impugnada puesto que el artículo 167 de la Ley Nº 32 de 31 de diciembre de 1992 mediante la cual se dictó el Presupuesto General del Estado para la vigencia fiscal de 1992 autoriza al Ministerio de Planificación y Política Económica y a la Contraloría General de la República para que mediante circulares, instructivos o cualquier otra forma de comunicación que estimen apropiada, puedan instruir a las instituciones públicas sobre la correcta aplicación de las normas presupuestarias. Sin embargo, la Sala observa que si bien el acto impugnado es una circular de carácter general, dado que está dirigida a todos los Ministros de Estado, Magistrados de Corte Suprema de Justicia, Procurador General de la Nación, Directores de Instituciones Autónomas y Semiautónomas, Gobernadores, Alcaldes, Autoridades y Jefes de la Contraloría de cada entidad gubernamental, también es cierto que mediante dicho acto se lesionaron derechos subjetivos del IRHE puesto que se le negó a dicha institución el pago de viáticos en un 35% a pesar de que dicho pago está contemplado en su Ley especial (Ley 8 de 1975) y en su reglamento interno, los cuales a juicio de la Sala son de jerarquía superior a la circular impugnada.

Sentencia de 23 de marzo de 1994. Caso: Instituto de Recursos Hidráulicos y Electrificación (IRHE) vs. Contraloría General de la República.

Texto del fallo