Mercancía extranjera (aduanas)

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La proveniente del exterior cuya legal importación no se hubiera consumado, aunque sea de producción o manufactura nacional. También es extranjera la que deje de cumplir la condición que permitió su ingreso mediante la aplicación de una franquicia determinada.

Artículo 1, Ley 30 de 8 de noviembre de 1984
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