Impulso procesal

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Actividad necesaria para el desarrollo normal del proceso, haciéndolo avanzar a fin de que pueda cumplir su propia finalidad dentro del orden jurídico. El impulso puede corresponder a las partes que piden o gestionan ante la autoridad encargada de decidir, pero principalmente a ésta última para que, por su propia iniciativa, adopte medidas encaminadas a evitar la paralización del proceso.

Artículo 201, Ley 38 del 31 de julio de 2000
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