DECLARACIÓN JURADA DE RENTAS

Finalidad

 

1. La exigencia de que los contribuyentes presenten una declaración jurada de rentas, luego del transcurso del periodo fiscal respectivo, configura una parte importante del elenco de los denominados “deberes tributarios” que persiguen que el Fisco pueda “… conocer el acaecimiento de los hechos gravados, respecto de un determinado contribuyente, en un lugar y tiempo dados, de tal manera que sea posible deducir la existencia en concreto de la obligación tributaria” (BRAVO ARTEAGA, JUAN R. NOCIONES FUNDAMENTALES DE DERECHO TRIBUTARIO, Ediciones Rosaristas, Santa Fé de Bogotá, 2da. Edición, 1997, Pág. 198)

2. Con arreglo a la noción expuesta, se tiene que la declaración jurada de rentas es un mecanismo instrumental de contenido informativo que debe rendir el contribuyente con el propósito de poner en conocimiento de la Administración Fiscal el origen y monto de los ingresos y gastos en que ha incurrido durante el ejercicio del periodo fiscal correspondiente.

Sentencia de 27 de febrero de 2007. Caso: Jorge Omar Brennan c/ Ministerio de Economía y Finanzas.

Texto del fallo