DESARROLLO SOSTENIBLE

Contenido y alcance

 

Hoy en día son nociones ampliamente compartidas en la comunidad internacional de la cual forma parte nuestro país, que los seres humanos representan el centro de las preocupaciones relativas al desarrollo sostenible y que el derecho a ese desarrollo tiene que ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las necesidades de progreso material y ambiental de las generaciones presentes y futuras. La visión restringida que centraba el progreso en los beneficios económicos que podía reportar un determinado proyecto ha sido superada en la actualidad, pues, como bien anota el autor español DEMETRIO LOPERENA ROTA “… La óptica desarrollista o de beneficio económico puramente cuantitativo ha sido sustituida por la de protección para el desarrollo sostenible, en la cual la rentabilidad económica queda supeditada ahora a que la utilización del recurso pueda hacerse sin menoscabo de las necesidades de futuras generaciones” (EL DERECHO AL MEDIO AMBIENTE ADECUADO, Editorial Civitas, Madrid, 1996, Iª Edición, Pág.75).

Auto de 6 de diciembre de 2000. Caso: Jacinto A. Cárdenas M. c/ Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM).

Texto del fallo