DERECHOS DIFUSOS

Definición

 

La Sala ha reconocido, en la resolución de 12 de marzo de 1993 mediante la cual se acogió la demanda de plena jurisdicción, la existencia de los intereses o derechos difusos los cuales pueden definirse como aquéllos en los cuales existe una indeterminación en sus titulares, dado su carácter supra-individual, una indivisibilidad del bien jurídico sobre el cual recaen y una ausencia de relación jurídica entre sus titulares. Esos derechos requieren de protección procesal y la Sala admite que puedan plantearse en procesos de plena jurisdicción.

Sentencia de 22 de junio de 1994. Caso: Asociación Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ANCON) c/ Instituto Nacional de Recursos Renovables (INRENARE).

Texto de fallo