POTESTAD TRIBUTARIA DERIVADA

Se origina fundamentalmente en la Ley

 

La jurisprudencia de esta Sala, así como del Pleno de la Corte Suprema, ha sostenido de manera reiterada, que la potestad tributaria de los Municipios es derivada, en la medida que se origina fundamentalmente en la Ley, por esta razón, a los Municipios les está vedado la creación de tributos no previstos en una norma con rango de ley.

Sentencia 29 de septiembre de 2000. Caso: Empresa de Distribución Eléctrica Metro-Oeste, S.A. c/. Consejo Municipal del Distrito de Parita.

Texto de fallo