TRASLADO

Debe probarse la necesidad de servicio público que justifique esta acción

 

Lo anterior, en el sentido de que tanto en la nota N.° 1332/RC/DRH de 13 de agosto de 2010, como en la Resolución N.° 1227 de 21 de octubre de 2010 no se especifica, prueba y detalla cuál es la necesidad específica de servicio, lo cual tampoco se plantea en el informe de conducta suscrito por el Ministro de Salud, máxime que, el solo hecho de afirmar que el traslado obedeció a una necesidad, no es suficiente para justificar el mismo, por cuanto que debe probarse con razones fácticas y jurídicas.

No basta con señalar en el acto administrativo que esa medida obedece a una necesidad debidamente comprobada en el servicio, si en el proceso, específicamente en la vía administrativa y en la contencioso administrativa que ahora nos ocupa, no aparecen los elementos de convicción que prueben esa alegada necesidad.

Sentencia de 5 de febrero de 2015. Caso: Ángel Stanziola Arosemena c/ Ministerio de Salud. Registro Judicial, febrero de 2015, p. 1240.

Texto de fallo