AUTONOMÍA COMARCAL

Derecho de los pueblos indígenas a la Autodeterminación 

Es de suma importancia hacer énfasis en que la creación de las comarcas indígenas, no sólo van referidas al reconocimiento de un espacio geográfico a nuestros pueblos originarios, sino que va dirigido al reconocimiento y conservación de sus tradiciones, organizaciones, autoridades y cultura, y al ejercicio de un gobierno a cargo de los propios indígenas, incorporando de manera formal al ordenamiento nacional vigente los derechos de los pueblos Indígenas que conforman nuestro país. En otras palabras, el derecho a la autodeterminación de los pueblos indígenas u originarios, y sus sistemas propios específicos, tal como se reconoce mediante la propia Ley 10 del 7 de marzo de 1997.

Sentencia de 28 de abril de 2016. Proceso: Nulidad. Caso: Máximo Saldaña, cacique de la comarca Ngobe-Bugle c/ Ministerio de Gobierno y Justicia. Acto impugnado: Decreto Ejecutivo n° 537 del 2 de junio de 2010. Magistrado sustanciador: Abel Augusto Zamorano.

Texto del fallo